Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 95 del 31 de Julio del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 95 establece que las municipalidades deben enviar mensualmente al SII la información de los contribuyentes que operan en ferias libres bajo el nuevo régimen del párrafo 7° ter de la Ley de IVA, definiendo el formato y plazos de reporte. **¿A quién le importa esto?** Municipalidades que administran ferias libres, contribuyentes feriantes que operan bajo el nuevo régimen tributario de ferias libres establecido en el párrafo 7° ter del Título II de la Ley sobre IVA, y asesores tributarios que trabajan con este sector. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información deben entregar las municipalidades al SII? → Datos de los contribuyentes que operan en ferias libres bajo el nuevo régimen del párrafo 7° ter de la Ley de IVA. - ¿Con qué periodicidad deben reportar los municipios? → Mensualmente, según la forma y plazos establecidos en la resolución. - ¿Qué régimen tributario origina esta obligación de reporte? → El nuevo régimen de ferias libres del párrafo 7° ter del Título II de la Ley sobre IVA. - ¿Desde cuándo rige esta obligación de informar? → Desde el 31 de julio de 2025, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 95. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación municipal nueva:** las municipalidades asumen un rol activo como intermediarias informativas entre feriantes y el SII, debiendo reportar periódicamente a quienes operan bajo el régimen especial. - **Periodicidad mensual estricta:** el envío no es anual ni trimestral, sino mes a mes, lo que exige sistemas administrativos municipales actualizados para cumplir sin multas por incumplimiento. - **Aplica solo al régimen 7° ter:** feriantes que no estén acogidos al nuevo régimen tributario de ferias libres no generan obligación de reporte municipal, manteniendo sus declaraciones tradicionales. - **Riesgo de fiscalización cruzada:** el SII podrá contrastar la información municipal con declaraciones de feriantes, detectando omisiones o subdeclaraciones que antes eran difíciles de identificar. **Ejemplo práctico:** La Municipalidad de Santiago administra una feria libre en Franklin con 120 puestos. De estos, 85 feriantes están acogidos al nuevo régimen del párrafo 7° ter de la Ley de IVA. Cada mes, el municipio debe enviar al SII los datos de esos 85 contribuyentes (RUT, ubicación, tipo de actividad) según el formato establecido en la Resolución N° 95. Los 35 feriantes restantes, que operan bajo régimen tradicional, no generan obligación de reporte municipal y declaran directamente al SII como antes.
Resumen oficial SII
Establece forma y periodicidad para el envío de la información que las municipalidades deben entregar de acuerdo con el nuevo régimen de ferias libres conforme a lo dispuesto en el párrafo 7° ter del título ii de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de asistencia al contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso95.pdf