Circular N° 18 · RENTA · 12/05/2026

Tablas impuesto único junio 2026

Materia del circular

Circular N° 18 del 12 de Mayo del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 18 establece las tablas de impuesto único de segunda categoría aplicables a las rentas del trabajo pagadas durante junio de 2026, actualizando tramos, tasas y factores de rebaja según indexación legal. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores habituales de rentas del trabajo, departamentos de recursos humanos, contadores encargados de liquidaciones de remuneraciones y retenciones mensuales de impuesto único de segunda categoría. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde el 1 de junio de 2026, para todas las rentas del trabajo pagadas en ese mes. - ¿Qué elementos se actualizan en las tablas? → Los tramos de renta imponible, las tasas marginales y los factores de rebaja aplicables a cada tramo. - ¿A quién afecta esta actualización? → A todos los empleadores y pagadores de rentas del trabajo clasificadas en segunda categoría. - ¿Qué pasa si se aplican las tablas de mayo en junio? → Se generarán retenciones incorrectas, diferencias tributarias y potenciales multas por declaraciones inexactas. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación de actualización inmediata:** los sistemas de remuneraciones deben incorporar las nuevas tablas antes del primer pago de junio 2026 para evitar retenciones erróneas y diferencias con el SII. - **Indexación automática por ley:** las tablas se ajustan mensualmente según la variación del IPC y otros factores legales, sin que el contribuyente pueda optar por aplicar tablas anteriores. - **Información adicional en la circular:** además de las tablas, la circular incluye instrucciones sobre casos especiales, como gratificaciones, aguinaldos, horas extras y rentas variables que requieren cálculo diferenciado. - **Riesgo de sanciones por rezago:** empresas que no actualicen sus sistemas de nómina oportunamente enfrentan multas por declaraciones inexactas en el formulario 29 o DJ 1887, además de reclamos de trabajadores por retenciones indebidas. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga sueldos el 5 de junio de 2026. Un trabajador con renta imponible de 2.500.000 pesos debe ser retenido según la tabla vigente de junio 2026: si la empresa aplica erróneamente la tabla de mayo (con tramos desactualizados), puede retener 180.000 pesos cuando debió retener 195.000 pesos según el nuevo factor de rebaja. Esta diferencia de 15.000 pesos genera una declaración inexacta en formulario 29, exponiendo a la empresa a multas del 10% del impuesto mal retenido más intereses y reajustes.

Resumen oficial SII

Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de junio de 2026 e información adicional relacionada con dicho impuesto.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2026/circu18.pdf