Materia del circular
Circular N° 9 del 10 de Marzo del 2026
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII establece los valores oficiales de la Unidad de Fomento que deben utilizarse en operaciones de crédito de dinero para el período comprendido entre el 10 de marzo y el 9 de abril de 2026, ambos inclusive. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas que otorgan créditos, contribuyentes con operaciones crediticias expresadas en UF, y profesionales que registran operaciones de mutuo, leasing financiero o cualquier instrumento de crédito denominado en Unidades de Fomento. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubre esta publicación de valores UF? → Desde el 10 de marzo hasta el 9 de abril de 2026, ambos inclusive. - ¿Quién está obligado a usar estos valores oficiales? → Todos los contribuyentes que realicen operaciones de crédito de dinero expresadas en UF. - ¿Qué tipo de operaciones deben usar estos valores? → Operaciones de crédito de dinero, incluyendo mutuos, préstamos, leasing financiero y otros instrumentos crediticios. - ¿Se pueden usar valores UF de otras fuentes para efectos tributarios? → No, para fines tributarios son vinculantes únicamente los valores publicados por el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad para registros contables y tributarios:** estos valores son los únicos válidos para calcular intereses, cuotas, capitalizaciones y ajustes de operaciones crediticias en declaraciones de impuestos y registros contables. - **Diferencia con publicaciones del Banco Central:** aunque el BC publica diariamente la UF, para efectos de fiscalización del SII solo son oponibles los valores contenidos en circulares como esta. - **Impacto en determinación de intereses y reajustes:** cualquier cálculo de interés real, nominal o reajuste de capital debe partir de estos valores oficiales para evitar diferencias con fiscalizaciones posteriores. - **Periodicidad mensual anticipada:** la publicación se realiza antes del inicio del período, permitiendo a los contribuyentes planificar sus registros y declaraciones con certeza sobre los valores aplicables durante todo el mes siguiente. **Ejemplo práctico:** Una empresa de factoring otorga un crédito de 5.000 UF el 15 de marzo de 2026 con vencimiento el 5 de abril de 2026. Para registrar contablemente la operación, calcular los intereses devengados y declarar el ingreso tributable, debe usar exclusivamente los valores UF publicados en esta Circular N° 9 para cada día del período. Si el 15 de marzo la UF vale 38.250 pesos según esta circular, el monto del crédito es 191.250.000 pesos; cualquier valor diferente (incluso si el BC publicó 38.248) genera inconsistencias en auditorías del SII.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de marzo de 2026 y el 9 de abril de 2026, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2026/circu9.pdf