Oficio N° 1412 · IVA · 10/06/2026

Liquidaciones factura electrónicas con monto negativo

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre impuesto a las – Art. 21, Art. 22 – Reglamento LIVS, Art. 73 – circular N° 126 de 1977 – Oficio N° 4772 de 1987, N° 2513 de 2001, N° 1276 de 2020, N° 3340 de 2021 y N ° 45 de 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII confirma que es procedente la emisión de liquidaciones factura electrónicas con valores negativos, aplicando analógicamente las reglas establecidas para facturas de venta y notas de crédito electrónicas, siempre que se cumplan los requisitos formales del artículo 73 del Reglamento del D.L. N° 825. **¿A quién le importa esto?** Empresas que emiten liquidaciones factura electrónicas por servicios de terceros no afectos o exentos de IVA, particularmente aquellas que necesitan ajustar o corregir operaciones previamente facturadas mediante liquidaciones factura con valores positivos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Se pueden emitir liquidaciones factura electrónicas con valores negativos? → Sí, aplicando analógicamente las reglas de facturas electrónicas y notas de crédito. - ¿Qué requisitos formales deben cumplirse? → Los establecidos en el artículo 73 del Reglamento del D.L. N° 825 para documentos electrónicos. - ¿Qué oficios respaldan este criterio? → Oficios N° 4772/1987, N° 2513/2001, N° 1276/2020, N° 3340/2021 y N° 45/2022. - ¿Cuándo procede emitir una liquidación factura negativa? → Para ajustar o corregir liquidaciones factura previamente emitidas con valores positivos. **Lo que debes tener claro:** - **Aplicación analógica de reglas de facturas:** aunque la ley no regula explícitamente liquidaciones factura negativas, el SII aplica los mismos principios que rigen para facturas de venta y notas de crédito electrónicas. - **Solo para ajustes de operaciones previas:** las liquidaciones factura negativas no son un documento independiente, sino que deben corregir o modificar una liquidación factura positiva anterior específica. - **Cumplimiento del artículo 73 del Reglamento:** deben respetarse todos los requisitos formales establecidos para documentos tributarios electrónicos, incluyendo referencias y folios correctos. - **Diferencia con notas de crédito:** mientras las notas de crédito anulan facturas de venta, las liquidaciones factura negativas ajustan liquidaciones por servicios de terceros no gravados, evitando confusión documental. **Ejemplo práctico:** Una empresa de transporte emitió en abril una liquidación factura electrónica N° 1250 por $2.500.000 a un transportista independiente exento de IVA por fletes realizados. En mayo detecta que el monto correcto era $1.800.000. Para corregir, emite una liquidación factura electrónica con valor negativo de $700.000 , referenciando el folio 1250 original y cumpliendo el artículo 73 del Reglamento. Así ajusta la operación sin anular completamente el documento inicial ni generar inconsistencias contables.

Resumen oficial SII

Emisión de liquidaciones factura electrónicas con valores negativos

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=ca07fc4b-d1af-487c-af30-7d7500929008&nombreDocumento=1412-10_06_2026.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf