Materia del oficio
Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 Letra D
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para calificar como Pyme bajo el artículo 14 letra D) y acceder a su régimen tributario preferencial, una empresa debe cumplir simultáneamente tres condiciones: ingresos anuales inferiores a 100.000 UF, no estar controlada directa o indirectamente por contribuyentes del 14A, y no tener como socios a contribuyentes del 14A. **¿A quién le importa esto?** Empresas que buscan acogerse al régimen Pyme del artículo 14D de la Ley de Impuesto a la Renta, sociedades con ingresos cercanos al límite de 100.000 UF anuales, y empresas con estructuras societarias que incluyen personas jurídicas como socios. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuál es el límite de ingresos para calificar como Pyme? → Promedio de ingresos de los últimos tres años debe ser inferior a 100.000 UF anuales - ¿Puede una empresa controlada por un contribuyente del 14A ser Pyme? → No, está expresamente excluida aunque cumpla el requisito de ingresos - ¿Qué pasa si uno de mis socios es una empresa en régimen 14A? → La empresa queda automáticamente excluida del régimen Pyme - ¿Los tres requisitos deben cumplirse al mismo tiempo? → Sí, son acumulativos: ingresos, no control 14A y no socio 14A **Lo que debes tener claro:** - El requisito de **ingresos bajo 100.000 UF** se calcula como promedio de los tres años anteriores, no solo del año en curso, lo que requiere planificación anticipada para mantener la calificación. - La exclusión por **control de contribuyente 14A** aplica tanto a control directo como indirecto, por lo que estructuras corporativas complejas pueden generar pérdida del beneficio sin que sea evidente. - Tener como socio a **cualquier empresa del régimen general 14A** descalifica automáticamente, incluso si ese socio tiene participación minoritaria, lo que limita severamente opciones de capitalización. - Los tres requisitos son **copulativos y permanentes**: perder uno en cualquier momento del año comercial obliga a migrar al régimen general 14A desde ese ejercicio. **Ejemplo práctico:** Una distribuidora tiene ingresos promedio de UF 85.000 anuales en los últimos tres años y opera como Pyme bajo 14D. En marzo 2026, una empresa de retail del régimen 14A adquiere el 15% de sus acciones para asegurar abastecimiento. Aunque la distribuidora mantiene ingresos bajo el límite y no existe relación de control (el retail solo tiene 15%), pierde inmediatamente su calificación como Pyme por tener como socio a un contribuyente 14A. Desde el año comercial 2026 debe tributar en régimen general 14A, con todas las obligaciones de ese régimen (registro FUT, ajustes por inflación completos). Si la distribuidora hubiera vendido esas acciones a personas naturales manteniendo la misma valoración, conservaría su calificación Pyme.
Resumen oficial SII
Condiciones que las empresas deben cumplir para los fines de su calificación como pyme.