Resolución Exenta N° 41 · OTROS · 16/03/2026

Acceso API inicio actividades para instituciones

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 41 del 16 de Marzo del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII otorgó mediante Resolución Exenta acceso a la interfaz de programación de aplicaciones (API) de inicio de actividades a una institución específica, permitiéndole integrar tecnológicamente el proceso de inscripción de contribuyentes. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, plataformas tecnológicas, entidades de servicios empresariales y asociaciones gremiales que requieren integrar el proceso de inicio de actividades del SII en sus sistemas para facilitar trámites a sus clientes o asociados. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución exenta? → El acceso de una institución a la API de inicio de actividades del SII. - ¿Qué permite la API de inicio de actividades? → Integrar tecnológicamente el proceso de inscripción de contribuyentes en sistemas externos. - ¿Quién puede solicitar acceso a esta API? → Instituciones que cumplan requisitos técnicos y justifiquen necesidad de integración. - ¿Se requiere resolución individual para cada institución? → Sí, el acceso se otorga mediante resolución exenta específica por institución. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización caso a caso:** cada institución requiere una resolución exenta individual del SII, no existe acceso automático ni masivo a la API de inicio de actividades. - **Implicancia para servicios empresariales:** bancos, notarías, plataformas de emprendimiento y asociaciones pueden integrar el inicio de actividades directamente en sus flujos digitales una vez autorizados. - **Diferencia con acceso web tradicional:** mientras cualquier contribuyente puede iniciar actividades vía web, la API permite automatización y conexión directa entre sistemas institucionales y el SII. - **Requisitos no explicitados en la resolución:** aunque esta resolución solo comunica la autorización, las instituciones deben cumplir estándares técnicos, de seguridad y convenios previos que no se detallan en el documento público. **Ejemplo práctico:** Una asociación gremial de comerciantes solicita al SII acceso a la API de inicio de actividades para que sus 2.500 miembros puedan inscribirse como contribuyentes directamente desde la plataforma de afiliación de la asociación. Una vez otorgada la Resolución Exenta, cuando un nuevo comerciante se registra en la asociación, el sistema automáticamente inicia su actividad ante el SII sin que deba ingresar a otro sitio, validando RUT, actividad económica y domicilio en tiempo real mediante la API autorizada.

Resumen oficial SII

Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (API) inicio de actividades

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso41.pdf