Resolución Exenta N° 52 · OTROS · 10/04/2026

Prórroga de exigencias en facturas y guías DTE

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 52 del 10 de Abril del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 52 del 10 de abril de 2026 modifica la fecha de entrada en vigencia de las obligaciones establecidas en la Resolución Ex. N° 154 de 2025, que fija nuevas exigencias sobre las facturas y guías de despacho electrónicas que amparan el traslado de bienes corporales muebles, postergando su aplicación obligatoria. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que emiten facturas electrónicas y guías de despacho electrónicas para respaldar el traslado de bienes corporales muebles, especialmente empresas de distribución, transporte de carga, retail, manufactura y comercio mayorista que operan con documentación tributaria electrónica. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué resuelve la Resolución Exenta N° 52 de 2026? → Posterga la fecha de entrada en vigencia de las obligaciones de la Res. Ex. 154/2025 sobre facturas y guías de despacho electrónicas. - ¿A qué documentos afecta esta modificación? → A facturas electrónicas y guías de despacho electrónicas que amparan traslados de bienes corporales muebles. - ¿Desde cuándo rige la nueva fecha de entrada en vigencia? → La resolución fue publicada el 10 de abril de 2026, pero no especifica la nueva fecha límite concreta. - ¿Qué deben hacer las empresas mientras tanto? → Continuar emitiendo documentos electrónicos bajo las normas vigentes hasta que entre en vigor la Res. Ex. 154/2025 modificada. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga de implementación técnica:** las empresas obtienen más tiempo para adaptar sus sistemas de facturación electrónica a las nuevas exigencias, evitando sanciones por incumplimiento prematuro de requisitos técnicos o de contenido. - **La Res. Ex. 154/2025 permanece vigente formalmente:** no fue derogada sino que se postergó su aplicación obligatoria, por lo que sus requisitos eventualmente entrarán en vigor en la nueva fecha que se determine. - **Riesgo de adopción anticipada voluntaria:** algunos contribuyentes podrían implementar anticipadamente los cambios de la 154/2025 sin que sean obligatorios, generando inconsistencias con proveedores o clientes que aún no los adoptan. - **Incertidumbre sobre fecha definitiva:** la resolución modifica el plazo pero el texto disponible no precisa la nueva fecha exacta, obligando a los contribuyentes a estar atentos a la publicación completa o instrucciones complementarias del SII. **Ejemplo práctico:** Una empresa distribuidora de alimentos que emite 2.500 guías de despacho electrónicas mensuales estaba preparando sus sistemas para cumplir con nuevos campos obligatorios de la Res. Ex. 154/2025 desde mayo de 2026. Con la Res. Ex. 52, obtiene una prórroga: puede continuar emitiendo guías bajo el formato actual hasta que se publique la nueva fecha de vigencia, evitando apurar una implementación técnica costosa de 8.000.000 de pesos en desarrollo de software que ahora puede planificar con mayor holgura.

Resumen oficial SII

Modifica fecha de entrada en vigencia de las obligaciones establecidas en la resolución ex. SII N° 154 de 2025, que fija exigencias sobre las facturas y guías de despacho que amparan el traslado de bienes corporales muebles.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso52.pdf