Resolución Exenta N° 58 · PROCEDIMIENTO · 24/04/2026

Subsidio Ley 21.751: plataforma y requisitos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 58 del 24 de Abril del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N°58 establece el procedimiento formal y habilita la plataforma digital del SII para que los contribuyentes soliciten el subsidio temporal contemplado en el artículo 8° de la Ley N°21.751, fijando requisitos de elegibilidad y documentación obligatoria. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que cumplen los requisitos del artículo 8° de la Ley N°21.751 para acceder al subsidio temporal, incluyendo personas naturales y jurídicas que necesitan acreditar condiciones específicas ante el SII mediante la plataforma habilitada. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Dónde se solicita el subsidio del artículo 8° de la Ley 21.751? → A través de la plataforma digital habilitada por el SII según esta resolución. - ¿Qué aspectos regula esta resolución exenta? → Los requisitos de elegibilidad, el procedimiento de solicitud y la habilitación técnica de la plataforma. - ¿Desde qué fecha está operativa la plataforma? → Desde el 24 de abril de 2026, fecha de publicación de la resolución. - ¿Es obligatorio usar la plataforma habilitada? → Sí, es el único medio válido para presentar la solicitud del subsidio. **Lo que debes tener claro:** - **Plataforma exclusiva y obligatoria:** no se aceptarán solicitudes por otros medios como correo electrónico, presencial o mediante formularios genéricos; solo a través del sistema habilitado. - **Requisitos previos de elegibilidad:** los contribuyentes deben verificar que cumplen las condiciones del artículo 8° de la Ley 21.751 antes de iniciar el trámite, ya que solicitudes no elegibles serán rechazadas automáticamente. - **Documentación de respaldo obligatoria:** la plataforma requerirá antecedentes específicos que acrediten el cumplimiento de requisitos, cuya ausencia o inconsistencia impedirá la tramitación. - **Implicancia temporal:** contribuyentes que califican deben presentar solicitud dentro de los plazos que establece la ley y la resolución, ya que presentaciones extemporáneas pueden perder el beneficio del subsidio temporal. **Ejemplo práctico:** Una pequeña empresa comercial que cumple los requisitos del artículo 8° de la Ley 21.751 debe ingresar a la plataforma habilitada por el SII desde el 24 de abril de 2026, completar el formulario digital con su RUT 76.XXX.XXX-X , adjuntar la documentación tributaria que acredita ventas anuales de 85.000.000 de pesos y declaraciones de IVA de los últimos 12 meses. Si presenta la solicitud por correo electrónico o en oficina, será rechazada; solo la plataforma digital es válida. Una vez aprobada, el subsidio se aplicará conforme al monto y plazo que establece la ley.

Resumen oficial SII

Instruye sobre requisitos, fija procedimiento para solicitar el subsidio temporal establecido en el artículo 8° de la Ley N°21.751, y habilita plataforma al efecto.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso58.pdf