Resolución Exenta N° 65 · OTROS · 20/05/2026

Convenio SII-Movilización habilita traspaso datos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 65 del 20 de Mayo del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 65 aprueba un convenio que permite al SII intercambiar información tributaria con la Dirección General de Movilización Nacional, estableciendo un marco formal de colaboración interinstitucional para fines de defensa nacional y fiscalización. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas que puedan ser objeto de requerimientos de información por parte de la Dirección General de Movilización Nacional, especialmente empresas con activos o capacidades relevantes para la defensa nacional, y profesionales tributarios que asesoran sobre protección de datos y secreto tributario. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución? → La firma de un convenio de intercambio de información entre el SII y la Dirección General de Movilización Nacional. - ¿Puede el SII compartir datos tributarios protegidos bajo este convenio? → Sí, dentro del marco legal del convenio y para fines específicos de movilización nacional. - ¿Desde cuándo rige este convenio? → Desde el 20 de mayo de 2026, fecha de la resolución exenta. - ¿Qué tipo de información puede intercambiarse? → Información tributaria relevante para funciones de movilización nacional, según los términos del convenio. **Lo que debes tener claro:** - **Excepción al secreto tributario:** este convenio constituye una excepción legal al principio de reserva de información tributaria del artículo 35 del Código Tributario, permitiendo compartir datos con otra institución del Estado. - **Finalidad específica de defensa nacional:** el intercambio solo procede para fines relacionados con las funciones propias de la Dirección de Movilización Nacional, no para fiscalización tributaria cruzada ni otros propósitos administrativos. - **Base legal en facultades del Director:** la resolución se fundamenta en las atribuciones del Director Nacional del SII para suscribir convenios interinstitucionales, establecidas en el artículo 6° del Código Tributario y normativa orgánica del servicio. - **Potencial impacto en contribuyentes estratégicos:** empresas con activos, infraestructura o capacidades productivas consideradas críticas para la defensa pueden ver sus datos tributarios compartidos sin notificación previa, al amparo de este marco de colaboración. **Ejemplo práctico:** Una empresa de transporte terrestre con una flota de 120 camiones de alto tonelaje registra ingresos anuales por 2.400 millones de pesos. La Dirección de Movilización Nacional, en ejercicio de sus funciones de planificación para escenarios de emergencia nacional, solicita al SII información sobre la capacidad operativa y situación tributaria de transportistas estratégicos. Bajo este convenio, el SII puede entregar datos de declaraciones de IVA, renta, nómina de vehículos declarados y estados financieros de la empresa, sin requerir autorización judicial previa ni notificar al contribuyente, siempre que la solicitud se enmarque en los fines del convenio.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Dirección General de Movilización Nacional y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso65.pdf