Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 70 del 03 de Junio del 2026
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII otorga mediante Resolución Exenta N° 70 acceso a una institución a la interfaz de programación de aplicaciones (API) de inicio de actividades, permitiéndole integrar digitalmente este trámite en sus sistemas. **¿A quién le importa esto?** Instituciones públicas o privadas, plataformas de servicios digitales, entidades financieras, ecosistemas fintech, desarrolladores de software contable y cualquier organización que requiera integrar procesos de inicio de actividades de terceros en sus flujos operativos mediante conexión directa con sistemas del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución exenta? → El acceso de una institución específica a la API de inicio de actividades del SII. - ¿Qué permite la API de inicio de actividades? → Integrar digitalmente el trámite de inicio de actividades en sistemas externos mediante programación. - ¿Quién puede solicitar acceso a esta API? → Instituciones que demuestren necesidad operativa y cumplan requisitos técnicos y de seguridad del SII. - ¿El acceso es público o requiere autorización específica? → Requiere resolución exenta individual que autorice expresamente a cada institución. **Lo que debes tener claro:** - **Acceso controlado mediante resolución individual:** no existe acceso abierto a esta API; cada institución debe obtener autorización específica del SII mediante resolución exenta, sugiriendo criterios de seguridad y validación previos. - **Facilita intermediación digital de trámites tributarios:** permite que bancos, plataformas de emprendimiento, notarías digitales y otras entidades ofrezcan inicio de actividades integrado en sus servicios sin derivar al contribuyente al sitio del SII. - **Precedente de apertura tecnológica del SII:** estas resoluciones muestran una tendencia hacia APIs tributarias como infraestructura para terceros, ampliando el ecosistema de servicios digitales que pueden consumir datos y procesos del servicio. - **Sin detalle público de requisitos ni procedimientos:** la resolución no especifica criterios de elegibilidad, proceso de solicitud, obligaciones técnicas ni costos, generando incertidumbre para otras instituciones interesadas en acceder a esta u otras APIs del SII. **Ejemplo práctico:** Un banco digital que ofrece cuentas corrientes a emprendedores solicita al SII acceso a la API de inicio de actividades. Tras evaluación técnica y de seguridad, el SII emite resolución exenta autorizándolo. El banco integra la API en su flujo de onboarding: cuando un cliente abre cuenta para su negocio, el sistema del banco envía los datos directamente al SII, obteniendo el RUT y timbraje de documentos en tiempo real, sin que el emprendedor deba ingresar manualmente al sitio del SII ni interrumpir el proceso de apertura de cuenta.
Resumen oficial SII
Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (api) inicio de actividades
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso70.pdf