Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 80 del 12 de Junio del 2026
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII otorga autorización a una institución para acceder a la interfaz de programación de aplicaciones (API) de inicio de actividades, permitiéndole iniciar actividades de contribuyentes de forma automatizada y masiva a través de integración tecnológica. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, plataformas tecnológicas, entidades que gestionan trámites de inicio de actividades para terceros, empresas que requieren integración masiva con sistemas del SII, y contribuyentes que delegarán su inicio de actividades en intermediarios autorizados. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza exactamente esta resolución? → Acceso a la API de inicio de actividades del SII para que una institución procese trámites de forma automatizada. - ¿Quién puede solicitar acceso a esta API? → Instituciones que requieren iniciar actividades de forma masiva o automatizada para terceros, previa autorización del SII. - ¿Qué ventaja otorga la API versus el trámite manual? → Permite procesamiento automático, masivo e integrado con sistemas propios, sin ingresar caso por caso al sitio del SII. - ¿Esta autorización es permanente o revocable? → Es revocable: el SII puede suspender el acceso si se detectan irregularidades o incumplimientos en el uso de la API. **Lo que debes tener claro:** - **El acceso a API no es público ni automático:** requiere solicitud formal, evaluación del SII y emisión de resolución exenta específica para cada institución solicitante. - **Implica delegación de inicio de actividades:** los contribuyentes que usen estos servicios estarán autorizando a un tercero a iniciar actividades en su nombre, con las responsabilidades legales que ello conlleva. - **Riesgo de dependencia tecnológica:** las instituciones autorizadas concentran capacidad de procesamiento masivo, por lo que fallas técnicas o suspensiones pueden afectar a múltiples contribuyentes simultáneamente. - **Sin detalle de condiciones técnicas ni operativas:** la resolución no especifica requisitos de seguridad, límites de uso, protocolos de validación ni obligaciones de resguardo de información del contribuyente. **Ejemplo práctico:** Una plataforma fintech que ofrece cuentas corrientes a emprendedores obtiene acceso a la API de inicio de actividades mediante esta resolución. Cuando un nuevo cliente contrata sus servicios y requiere iniciar actividades como comerciante, la plataforma ejecuta el trámite automáticamente a través de su sistema integrado con el SII, obteniendo el RUT y la autorización en minutos, sin que el contribuyente deba ingresar al sitio web del servicio. Si el SII detecta 500 inicios de actividades con datos inconsistentes originados desde esta plataforma, puede suspender su acceso mediante resolución, afectando a todos los nuevos clientes hasta regularizar la situación.
Resumen oficial SII
Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (API) inicio de actividades
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso80.pdf